REGLAMENTO Y LINEAMIENTOS
EL Fondo de Becas ICDT – IFA Colombia es creado en el año 2024 por el Instituto Colombiano de Derecho Tributario y Aduanero y la IFA Capítulo Colombia, con el fin de fomentar el estudio del derecho tributario, derecho aduanero y comercio exterior, y está dirigido a estudiantes colombianos, de universidades nacionales, con suficientes méritos académicos y personales, entre 18 y 30 años, que no cuenten con el recurso económico para costear su educación universitaria de pregrado o posgrado.
Las becas que este Fondo otorgue son una distinción especial conferida a aquellos jóvenes que demuestren interés en las áreas mencionadas y con limitaciones económicas demostradas que no les permita financiar sus estudios de pregrado o posgrado.
1. Aspectos generales del programa
La beca está dirigida a:
1. Estudiantes de últimos cuatro (4) semestres que estén cursando programas de pregrado en Derecho o Contaduría, con alto desempeño académico (promedio de la carrera superior a cuatro 4.0), que demuestren una necesidad económica apremiante, así como interés por el estudio y profundización en las áreas mencionadas mediante la participación en semilleros de investigación, haber tomado materias electivas, cursos, seminarios, etc., en temas relacionados, o cualquier otro estudio que demuestre su interés.
2. Estudiantes activos o haber sido admitidos en un programa de posgrado en las áreas relacionadas con el objeto del ICDT e IFA Colombia, que demuestren excelencia académica (promedio superior a cuatro 4.0), y necesidad de apoyo económico para realizar o continuar con sus estudios.
Cobertura: Hasta por el 100% del valor de la matrícula semestral del programa de pregrado o hasta el 100% de valor de la matrícula total del programa de posgrado correspondiente, al cual esté admitido o esté cursando el beneficiario. El porcentaje de la beca se determinará en cada caso al momento de la selección, teniendo en cuenta el presupuesto disponible y la necesidad del aspirante.
El número de becas a otorgar, así como el porcentaje de cobertura de estas, dependerá de la disponibilidad de recursos para este apoyo financiero
Exclusiones:
• No podrán ser beneficiarios de este apoyo financiero los estudiantes que se encuentren suspendidos académica o disciplinariamente.
• El programa no apoyará aquellos beneficiarios que se transfieran a otra carrera, o, a otro posgrado, por ende, perderán el derecho a la beca. • La beca no cubre cursos nivelatorios, ni de inglés, ni ningún otro tipo de curso que se requiera.
Periodicidad: El apoyo será otorgado de manera semestral a los estudiantes de pregrado y de manera anual a los estudiantes de posgrado, y, los interesados deberán hacer la correspondiente solicitud dentro de las fechas establecidas.
En cada caso se estudiará la situación del estudiante, se evaluará su desempeño académico, así como su condición económica al momento de la solicitud.
2. Convocatoria y selección de los beneficiarios
1. El ICDT y la IFA Colombia abrirán la convocatoria de las becas de manera semestral o anual, según el caso, previa consulta de la disponibilidad financiera para dicho apoyo financiero.
2. Cada semestre o año, el ICDT e IFA Colombia realizarán la difusión correspondiente de las becas disponibles en la página web de ambos institutos, por mailing y redes sociales, incluyendo fechas y requisitos.
3. Los estudiantes interesados en aspirar a la beca deberán enviar en las fechas y canales establecidos para tal fin, el formulario de la beca debidamente diligenciado junto con los documentos exigidos. Los documentos enviados por el aspirante deberán evidenciar la necesidad económica manifiesta. Así mismo, el aspirante deberá aportar una carta de motivación para ser merecedor del apoyo financiero.
4. Los aspirantes deberán además aportar una declaración firmada en el sentido de que la información reportada por ellos es veraz.
5. El Director Ejecutivo, el Coordinador Administrativo y Financiero y el Coordinador Académico del ICDT realizarán un análisis de los candidatos
y la información aportada, y presentará el resultado de dicho análisis al Comité de Becas ICDT – IFA Colombia.
6. El Comité de Becas estará integrado por: El Presidente de cada instituto, un representante del Consejo Directivo de cada Instituto y un representante del Comité Administrativo y Financiero el ICDT.
Para tomar su decisión deberán tener en cuenta:
• El análisis de los candidatos.
• El historial académico de los estudios que haya realizado.
• Los recursos disponibles para asignar nuevas becas.
7. El ICDT citará a aquellos estudiantes preseleccionados por el Comité de Becas a una entrevista.
8. La selección final de los beneficiarios y el monto en el que será otorgada la beca estará determinada por el Comité de Becas, teniendo en cuenta el análisis realizado y el resultado de la entrevista.
9. Los estudiantes seleccionados deberán confirmar por escrito la aceptación de sus compromisos con la beca otorgada, mediante la suscripción del “Acta de compromiso” correspondiente y dentro de las fechas determinadas por el ICDT.
El ICDT y la IFA Colombia presumen la buena fe de los aspirantes a las becas, y así mismo supone que toda la información suministrada en el formulario y en los documentos que los acompañan es verídica. La solicitud será anulada de inmediato si se detecta cualquier omisión, falsedad o adulteración de la misma, sin que medie ninguna acción de reconsideración. La beca otorgada a través del Fondo será revocada si se detecta cualquier omisión, falsedad o adulteración de la información suministrada por el aspirante, sin que medie ninguna acción de reconsideración y este no podrá presentarse nuevamente al proceso de este apoyo financiero.
Sin perjuicio de la revocatoria de la beca, cuando esta haya sido otorgada con información falsa, incompleta o adulterada, el ICDT podrá adelantar las acciones legales pertinentes y necesarias para conseguir la devolución de los recursos financieros desembolsados al estudiante.
Cuando las becas sean compartidas con universidades del país, el procedimiento anteriormente mencionado (numerales 1 al 5 y 6 al 9) se realizará de manera conjunta con cada universidad, -previa firma de un convenio interinstitucional-, y el Comité de Becas al que hace referencia el numeral 6, para este caso estará integrado de la siguiente manera:
El Comité de Becas ICDT – IFA Colombia – universidad estará integrado por: El Presidente de cada Instituto, un representante del Comité Administrativo y Financiero del ICDT, y, dos representantes designados por la universidad.
3. Renovación – Requisitos generales:
A través del Comité de Becas respectivo, se realizará, cada semestre, la verificación del cumplimiento de los requisitos correspondientes al área académica. La renovación del apoyo se concederá siempre y cuando los estudiantes cumplan los siguientes requisitos:
a. No tener suspensión académica vigente.
b. Cursar y aprobar durante cada periodo académico los créditos correspondientes.
c. El beneficiario de la beca se compromete mantener un promedio superior a cuatro (4.0), así como a mostrar buena conducta.
4. Retiro voluntario
El estudiante que desee retirarse voluntariamente perderá el derecho a la beca y no podrá presentarse en nuevas convocatorias.
5. Pérdida de la beca otorgada
El estudiante vinculado acepta el presente reglamento y se compromete a cumplirlo, como requisito esencial para su permanencia en el programa de becas. El Comité de Becas respectivo definirá las consecuencias para los estudiantes que no cumplan con todos los requisitos mencionados y tendrá la potestad de definir la suspensión o terminación del apoyo.
6. Compromisos de los beneficiarios
Con la firma del “Acta de Compromiso” de la que hará parte integral el presente reglamento, el estudiante se compromete, entre otras, a inscribir, cursar y aprobar el semestre para el cual fue aprobado el apoyo financiero con un promedio superior a cuatro (4.0).
7. Otros
La beca no podrá ser reservada o aplazada. El estudiante que no haga uso de su beca tendrá que presentarse a la siguiente convocatoria. Los dineros de las becas que no sean utilizados por los y las estudiantes seleccionados, retornarán al Fondo de Becas para ser repartidos en el semestre o anualidad siguiente.
El becario se obliga a remitir a la Dirección Ejecutiva del ICDT, el certificado de notas y de aprobación de semestre y/o de continuación de la carrera o posgrado,
en los casos que aplique. Para aquellos que se encuentre cursando el pregrado o posgrado, deben tener un promedio de notas de la carrera o del posgrado, no inferior a cuatro (4.0) o su equivalente.
Para realizar el desembolso, el becario debe allegar el recibo de matrícula y haber cumplido el punto anterior, -en los casos que aplique, – y el valor respectivo será girado directamente por el ICDT a la universidad. Por ninguna razón se hará entrega de dinero al estudiante o a algún tercero distinto.
8. Vigencia
El presente reglamento rige a partir de la fecha de su aprobación en reunión del Consejo Directivo, el día 8 de octubre de 2024, Acta No. 1432.